REGISTRE UNA ALERTA DE CIBERACOSO

¿QUÉ ELEMENTOS CARACTERIZAN AL ACOSO VIRTUAL?

 


 

CIBERACOSO

 

Para que se considere un hecho de acoso virtual debe tener las siguientes características:

 

a.

El acto o conducta realizada por una persona o grupo de personas para amenazar, insultar, acusar falsamente, avergonzar, intimidar o criticar a una persona a través de los medios de comunicación digitales. Puede o no tener connotación sexual.

 

b.

La persona se siente afectada o vulnerada en su derecho a la dignidad, salud, integridad o derecho a una vida libre de violencia.